Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y optimizar su navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta nuestra política de cookies

Rojo vota en contra de que el Ayuntamiento se implique en la lucha contra la okupación

| 30-09-2022

• Aún así, la intención del alcalde socialista Alberto Rojo y del PSOE de tumbar la propuesta del Grupo Popular no ha prosperado y ha salido adelante con los votos a favor de PP, Vox y Ciudadanos

• Solo un día después de los sucesos en la calle Francisco Aritio 166, donde los vecinos llevan mucho tiempo sufriendo los efectos de la okupación, el alcalde se niega a aprobar las propuestas del PP para tratar de erradicar esta lacra

• El portavoz del Grupo Popular deja clara la posición de su grupo: “Al okupa no se le desahucia, se le desaloja”

30 de septiembre de 2022- El Grupo Popular ha conseguido que el pleno del Ayuntamiento de Guadalajara apruebe su propuesta para implicarse en la lucha contra la ocupación ilegal pese al voto en contra del alcalde socialista Alberto Rojo y del grupo municipal del PSOE, al que se ha unido Podemos. Tan solo un día después de los sucesos en la calle Francisco Aritio 166, donde los vecinos llevan mucho tiempo sufriendo los efectos de la okupación y ayer tuvo que actuar una empresa de ‘desokupación’, el alcalde de la ciudad de Guadalajara ha votado en contra de la propuesta para luchar contra la okupación y mejorar la convivencia vecinal y la protección de la seguridad de las personas y cosas en las comunidades de propietarios.


En contraposición, el portavoz del Grupo Popular, Jaime Carnicero, ha dejado clara durante el debate la posición de su grupo municipal: “Al okupa no se le desahucia, se le desaloja”.
Entre los acuerdos aprobados, gracias al apoyo del PP, Vox y Cs, se incluye apoyar la modificación de los artículos 245 y 269 de la Ley del Código Penal para endurecer las penas en caso de ocupación de la vivienda o inmueble, especialmente en el caso de mafias, y para recuperar el delito de usurpación de bienes inmuebles con penas de entre tres y cinco años.

También, incluir nuevas medidas procesales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para mejorar la protección de las personas físicas o jurídicas que sean propietarias o poseedoras legítimas de una vivienda o inmueble y proceder al desalojo de la vivienda ocupada en situación de flagrante delito o, en caso de que no lo sea, en 24 horas por parte de la Policía.

Por otro lado, modificar la Ley 49/1960 sobre propiedad horizontal para que se habilite a las comunidades de propietarios como personas jurídicas para que puedan iniciar los procesos de recuperación de la vivienda en aras de una mejor convivencia y evitando actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, así como incluir un nuevo apartado en el 4 del artículo 18 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local para evitar la inscripción en el padrón municipal de un ocupante ilegal, entre otras.

Bookmark and Share

Opiniones deja tu opinionDeja tu Opinión
No existen opiniones para este elemento.

Arriba OpiniónOpinión Enviar a un amigoEnviar a un amigo Volver AtrásVolver Atrás